El amparo concedido con la protección internacional (derecho de asilo como la protección subsidiaria) conlleva la no devolución ni expulsión de las personas a quienes se les haya reconocido, así como en la adopción de las medidas contempladas en la normativa española, la de la Unión Europea y en los Convenios internacionales ratificados por España. Para conceder el derecho de asilo deben concurrir fundados temores a ser objeto de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, y ser suficientemente graves por su naturaleza o carácter reiterado como para constituir una violación grave de los derechos fundamentales, o una acumulación lo suficientemente grave de varias medidas, incluidas las violaciones de derechos humanos y pueden revestir forma de violencia física o psíquica, incluidos los actos de violencia sexual, o medidas legislativas, administrativas, policiales o judiciales que sean discriminatorias en sí mismas o que se apliquen de manera discriminatoria o procesamientos o penas que sean desproporcionados o discriminatorios, denegación de tutela judicial de la que se deriven penas desproporcionadas o discriminatorias, procesamientos o penas por la negativa a prestar servicio militar en un conflicto en el que el cumplimiento de dicho servicio conllevaría delitos o actos comprendidos en las cláusulas de exclusión establecidas en el apartado segundo del artículo 8 de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Las personas nacionales no comunitarias y las apátridas presentes en territorio español tienen derecho a solicitar protección internacional en España.
Aunque el procedimiento se inicia con la presentación de la solicitud mediante comparecencia personal Myriam Gómez Abogados, abogados de extranjería en Sanxenxo, puede hacerlo en su nombre si estás impedido física o legalmente y en todo caso prestar asesoramiento para cumplimentar el formulario específico para solicitantes de asilo para que comprenda de forma detallada los hechos, datos o alegaciones que van a fundamentar la solicitud.